Nueva Ley de Tránsito en Córdoba: qué cambios rigen desde la entrada en vigencia de la Ley 11.096

La Provincia actualizó el régimen de tránsito con nuevas sanciones, precisiones sobre el uso de luces y herramientas digitales para el control de infracciones.
03 de enero de 2026 Mario Pablo Lopez

Reiterancia y nuevas sanciones en la Ley de Tránsito

La Ley Provincial N° 11.096 ya se encuentra vigente en Córdoba y modifica el marco establecido por la Ley de Tránsito N° 8.560. Entre los cambios centrales, incorpora el concepto de reiterancia, que se configura cuando una persona comete una o más infracciones antes de que quede firme una sanción anterior. En estos casos, la autoridad competente puede aplicar medidas preventivas y considerar la reiteración como un agravante al momento de definir la sanción.

La normativa también amplía el régimen sancionatorio al incluir el trabajo comunitario, que podrá realizarse en dependencias públicas o instituciones de bien público, y las instrucciones especiales. Estas últimas contemplan la asistencia obligatoria a cursos educativos o programas vinculados a la seguridad vial y la convivencia ciudadana.

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Uso de luces y condiciones de visibilidad

La nueva ley introduce precisiones sobre el uso obligatorio de luces en los vehículos. Incorpora el reconocimiento de las luces diurnas automáticas (DRL) como una alternativa válida durante el día, siempre que exista buena visibilidad y suficiente luz natural.

No obstante, establece que en situaciones de niebla, lluvia intensa, humo, polvo u otras condiciones que reduzcan la visibilidad, continúa siendo obligatorio el uso de luz baja, incluso en vehículos que cuenten con sistemas DRL.

Infracciones, controles digitales y alcance territorial

La Ley 11.096 actualiza el Cuadro General de Infracciones y clasifica las faltas en leves, graves y muy graves. Precisa conductas como el exceso de velocidad, la conducción negligente o temeraria, la falta de licencia habilitante, la circulación sin seguro obligatorio, las picadas ilegales y la fuga tras un siniestro vial.

Además, habilita el uso de medios técnicos, digitales y dispositivos electrónicos para la constatación y notificación de infracciones, tanto de manera presencial como remota. En cuanto al criterio de territorialidad, se permite que personas domiciliadas a más de 60 kilómetros del lugar de la infracción puedan realizar su descargo en su jurisdicción de origen mediante plataformas digitales oficiales. La ley fue sancionada el 29 de diciembre de 2025 y promulgada por decreto del Poder Ejecutivo Provincial.

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